Imponen en Argentina nuevos requisitos para el movimiento del ganado vacuno
En lo referente a tuberculosis y brucelosis
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha informado que, tras su publicación en el Boletín Oficial, la Resolución N° 38/2015 establece que, a partir del próximo 14 de marzo, regirán nuevos requisitos para el movimiento de bovinos y bubalinos en lo que respecta a brucelosis y tuberculosis.
Todos los machos enteros mayores a 6 meses y hembras mayores a 18 meses que salgan de un establecimiento ganadero y se movilicen con motivo distinto a faena, deberán contar con un certificado de negatividad a la prueba tuberculínica y de seronegatividad a la prueba de brucelosis; esta última, realizada en un laboratorio de red. Los certificados serán otorgados por un médico veterinario acreditado y tendrán una validez de 60 días desde su emisión.
En una primera etapa, estos nuevos requisitos solo se aplicarán en las provincias de Buenos Aires (excepto el partido de Patagones), Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, San Luis y Santa Fe.
Para el resto del país y hasta su incorporación a la norma, sólo se exigirán ambos certificados cuando se realicen movimientos hacia las provincias mencionadas, y el de serología negativa a brucelosis cuando se trasladen animales para reproducción dentro y entre las provincias excluidas en la primera etapa.
Esta medida preventiva constituye una herramienta básica en la lucha de la tuberculosis y la brucelosis, puesto que permite evitar la diseminación de estas enfermedades a otras áreas o establecimientos, así como detectar y segregar a los animales que resultaran positivos y reducir la proporción de animales enfermos (prevalencia) en los rodeos nacionales.
FUENTE: Eurocarne Digital