Thursday, 16 February 2023

Actualizaron los criterios de adjudicación de la cuota cárnica estadounidense con mayores penalidades para incumplidores

Actualizaron los criterios de adjudicación de la cuota cárnica estadounidense con mayores penalidades para incumplidores

El gobierno nacional procedió a modificar las condiciones de acceso al cupo de exportación de carne vacuna deshuesada de 20.000 toneladas destinado a EE.UU. con el propósito de propiciar envíos con mayor valor agregado y restringir el ingreso de operadores poco calificados.

 

Por medio de la resolución 43/2023, se modificó la fórmula de asignación de toneladas al incrementar la participación de las exportaciones realizadas en el marco del cupo a EE.UU. respecto de las ventas totales a todo destino descontando aquellas relativas a la cuota estadounidense.

De esa manera, el indicador denominado “Desempeño Exportador” (DE) ahora se determinará en un 70% por el valor FOB de las ventas totales (menos las realizadas en el marco del cupo a EE.UU.) y en un 30% considerando el valor FOB de las exportaciones realizadas en el ámbito de la cuota en cuestión.

La resolución además indicó que “dado el alto índice de renuncias e incumplimientos de las cuotas parte asignadas durante los períodos previos, deviene necesario readecuar el régimen sancionatorio para evitar la incorporación y permanencia de adjudicatarios que no tienen interés en desarrollar negocios dentro del contingente, y a su vez puedan generar una subutilización del cupo total”.

En ese marco, se dispuso que el plazo de renuncias sin penalidad vencerá el 1 de octubre de cada año y que a partir del ciclo 2024 aquellas empresas adjudicatarias que hubieran renunciado al 100% de su cuota parte no hubieren utilizado los saldos del “Fondo de Libre Disponibilidad” o bien hubieren incumplido su cuota parte asignada en un 100%, perderán el derecho a participar de las asignaciones del contingente por el término de dos años inmediatos posteriores al incumplimiento o renuncia a menos que mediaren causas fundadas de fuerza mayor. Ese mismo criterio, con una renuncia del 80% del cupo asignado, implicará perder el derecho a participar por el término de un año.

El “Fondo de Libre Disponibilidad” de la cuota a EE.UU. puede ser solicitado por aquellos adjudicatarios que hayan completado o renunciado a su cuota parte asignada. La evolución del mismo estará disponible diariamente para todos los adjudicatarios a través de la plataforma del Sistema de Administración de Cupos de Exportación y se publicará semanalmente en el sitio web de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

“A menos que la cuota global de la República Argentina se encontrara sub ejecutada con relación a los plazos para su cumplimiento, no podrán certificarse carnes para manufacturas y/o recortes de troceo cuando las toneladas correspondan a asignaciones provenientes del Fondo de Libre Disponibilidad”, especifica la norma.

FUENTE: Bichos de Campo

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