A diferencia de la cuota Hilton, el contingente correspondiente a esta cuota, no es asignado a cada país sino que todos los mercados habilitados compiten en calidad y precio, quedando en manos de los importadores de Europa la decisión respecto de a quien comprarle.
Dicha cuota surge como compensación que la UE reconoce a los países proveedores por la prohibición, aun vigente, que el bloque impone a la importación de carnes en cuyo proceso productivo se hayan utilizado hormonas como promotores del crecimiento.
Los cortes de carne vacuna que integren el contingente deben provenir de animales con las siguientes características:
- Vaquillonas (hembras no paridas) o novillos (machos castrados).
- Menores de 30 meses – Hasta dos dientes incisivos permanentes (verificación en planta frigorífica).
- Durante los 100 días previos al sacrificio, como mínimo, alimentados únicamente con raciones que cumplan con los siguientes parámetros: 1- No menos de 62% sobre materia seca de concentrados y/o coproductos de cereales. 2- Con un contenido de energía metabolizable igual o superior a 12,26 MJulios por kg de materia seca (2,93 MCal/Kg MS). 3- Consumo diario no inferior al 1,4% de su peso vivo en materia seca.
A la hora de analizar las características fácticas inherentes a la implementación y aprovechamiento de dicha oportunidad económica, resultan determinantes los requisitos a cumplimentar en relación a los parámetros excluyentes establecidos en la definición de la cuota.
Asimismo, es preciso aclarar, que dichas características físicas exigidas en los animales aceptados para esta cuota, constituyen solo el primer filtro de selección, ya que también existe adicionalmente la evaluación que deben superar las medias reses una vez realizada la faena. La misma evalúa la madurez fisiológica de la res y la palatabilidad probable de los cortes que de ella se obtengan. Estas evaluaciones incluyen: tipificación (JJ a U2 para los novillos), valorando grado de gordura y osificación, y requiriendo del músculo Longissimus Dorsi: ciertos parámetros de color, textura, marmoleo y consistencia.
Las mencionadas exigencias, tanto para los animales en pie, como para las reses resultantes del proceso de faena, constituyen la causa por la cual no todo lo que llega al frigorífico con intenciones de abastecer la cuota 481 “carne de calidad superior” termina siendo parte de esta.
Según la información obtenida, los rechazos sumando la inspección durante la faena y la tipificación de las reses, rondaría alrededor del 10% de los ingresos a frigorífico.
De este 10% la mayor proporción correspondería a rechazos por no cumplir con los requisitos de dentición establecidos en la norma (hasta dos dientes incisivos permanentes), seguidos por rechazos producto de biotipos o golpes, y en menor medida por rechazos durante el proceso de tipificación de las reses.
Respecto del requisito sobre la dentición de los animales, si bien surge como un parámetro auto impuesto por la Argentina, el mismo responde a la necesidad de nuestro país de cumplimentar con la exigencia de la UE que en su reglamento establecido para la importación de carne de calidad superior (High quality beef), expresa que los animales de los que proviene el producto en cuestión no deben superar los 30 meses de edad. En tal sentido, las exigencias sobre la dentición, se explica como instrumento de enmienda encontrado por La Argentina ante la imposibilidad de certificar los 30 meses de edad con su sistema de identificación animal. Este último, exige el registro de los animales con la aplicación de una caravana, pero a partir del destete o primer movimiento (lo que suceda primero) y no desde el nacimiento.
Consecuentemente, se utiliza una combinación de la cronometría dentaria y el grado de osificación como método para certificar que los animales cumplen el requisito de edad exigido por la UE para esta cuota. A pesar de que la cronometría dentaria no es exacta y presenta variaciones en función de la raza, la alimentación, el ambiente, etc., se ha establecido como un buen método de aproximación a la edad del animal.
Además de la inspección que se realiza en la faena, los animales deben cumplir exigentes requisitos respecto de las dietas suministradas durante los últimos 100 días de engorde en confinamiento en los feed lots. Los mismos son certificados por agentes del SENASA que evalúan los registros internos que debe llevar el establecimiento, dónde consta toda la información de la dieta suministrada, el registro de las pesadas obligatorias de los animales, así como los ingresos y egresos de los mismos. Todo esto, no solo conlleva la necesidad de tecnificación y garantías de “prolijidad” en los procesos, sino también costos adicionales que en determinadas ocasiones pueden hacer que el negocio resulte inviable, o menos atractivo que otros destinos, pudiendo el productor optar por resignar la posibilidad de destinar los animales a la cuota 481 y reubicar los mismos en cualquiera de ellos. Tales argumentos también permiten concluir que si bien la cuota 481 resulta una gran oportunidad en relación a mejores precios obtenidos, también constituye un desafío, encontrando en la eficiencia un factor crítico para los centros de costos presentes en el proceso productivo.
En tal sentido, y si bien la información disponible es aún muy incipiente (los primero embarques se realizaron en el mes de abril), y a raíz de todo lo expuesto anteriormente, es posible estimar que cerca de la mitad de los animales que ingresaron a un feed lot con la intención de terminar engrosando la cuota 481 de carne de calidad superior, no ha logrado hasta el momento cumplir con ese objetivo.
FUENTE: Decisión Ganadera