Nuevo régimen de registro de la AFIP para la cadena cárnica
Todo lo que hay que saber sobre la iniciativa que apunta a detectar posibles operadores marginales y a optimizar controles fiscales, según un análisis del Estudio Santiago Sáenz Valiente y Asociados. La visión de Valor Carne.
Ante la necesidad de detectar posibles operadores marginales en la cadena de comercialización y producción ganadera, y para optimizar los controles fiscales sobre los sujetos intervinientes, la AFIP creó el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas (RFOCB).
Esta medida es respaldada por SENASA y el Ministerio de Agroindustria de la Nación, pero algunos productores y organizaciones del agro la rechazaron ya que implica un nuevo costo administrativo y tributario.
Su adhesión es ofrecida como “voluntaria”. Quienes se encuentren fuera del RFOCB, se les retendrá el 5% sobre el valor bruto de la hacienda vendida. Destacamos que se trata de un porcentual cercano al 50% del IVA de la operación. Además, los excluidos sufrirán mayores percepciones y pagos a cuenta de IVA en comparación con los incluidos. Sin embargo, los montos obligados a ingresar por cabeza de ganado no resultan cifras significativas.
A quiénes alcanza
Los sujetos obligados son: productores, criadores, cabañeros, feedlots, invernadores, consignatarios, comisionistas, frigoríficos, establecimientos faenadores, matarifes y mercados concentradores que operen en el sector ganadero. Quedan exceptuados los transportistas de hacienda.
Para incorporarse al nuevo registro, los contribuyentes podrán hacerlo mediante la página web de AFIP, sujeto a aprobación por parte del Fisco. Los mismos deben tener actualizados los datos registrales, las actividades y domicilios, incluido el Fiscal Electrónico. Deberán mantener una “buena conducta fiscal” para no ser suspendidos o excluidos, siendo esta una condición subjetiva con riesgo para los inscriptos.
Quienes estén obligados al Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) deben mantener vigente su número de matrícula, bajo pena de ser sancionados ante una suspensión o exclusión del RFOCB.
Las solicitudes de inscripción podrán realizarse a partir del mes de agosto de 2016, y los regímenes de percepción, retención y pago a cuenta cobrarán vigencia a partir del próximo 1 de septiembre. Está pendiente que el Fisco reglamente la forma y los plazos de ingreso.
La dinámica
Las operaciones de faena y comercialización de animales, carnes y cueros de hacienda quedan sujetas a regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención de IVA. Estos adelantos impositivos se calculan según la tabla del cuadro anexo. Para los establecimientos faenadores y usuarios de faena, dichos adelantos de IVA están hoy vigentes (RG 4059) y su modificación implica cambios que no son fundamentales.
Otra cuestión a tener en cuenta, es que los adelantos tendrán el carácter de impuesto ingresado en IVA, debiendo su importe ser computado en la declaración jurada del período fiscal.
Es muy probable que para algunos sujetos, con motivo de los créditos fiscales por la actividad ganadera, surja un saldo a favor. Su proclamada libre disponibilidad para compensar no es tal, pues la restricción es amplia al prohibirse aplicar al impuesto sobre la participación societaria, a las cargas sociales, y retenciones de cualquier tributo realizadas a terceros.
Nótese que este régimen no tiene prevista devolución automática alguna, como sí lo dispone el Registro Fiscal de Granos, aun cuando su cumplimiento oportuno es relativo.
Desde Valor Carne
Para Miguel Gorelik, Director de Valor Carne, si bien el registro es de adhesión voluntaria, hay tratamientos en materia de retenciones, percepciones y pagos a cuenta, que llevan a la conveniencia de hacerlo. “Claramente, ésta es una medida para tratar de controlar la evasión en el sector, que ha crecido considerablemente en los últimos años”, afirmó.
Sin embargo, un aspecto que llama la atención, “es que los montos de las retenciones, percepciones y pagos a cuenta, a partir de la faena, son insignificantes, por lo que la diferencia en la forma que se trata al inscripto del no inscripto se diluye casi por completo”. Aunque reconoció que “esto no es así en el caso de la retención del IVA al productor no registrado, que alcanza a 5 puntos del impuesto”.
Otro tema que genera dudas es la aparente falta de coordinación de diversas agencias gubernamentales. “El ataque a la evasión tiene que surgir de una estrategia más abarcadora, con plena colaboración entre la AFIP, el Ministerio de Agroindustria y el SENASA, organismos que cuentan con cuadros técnicos que podrían lograr avances de manera significativa”, resaltó Gorelik.
FUENTE: Valor Carne